Friday 26 de April de 2024
ACTUALIDAD | 15-06-2012 13:58

Procesan a una mujer por vender alisadores de cabello tóxicos

María Eugenia Caldararo podría afrontar de uno a tres años de cárcel y una multa de 10.000 a 200.000 pesos.

Una mujer que vendía por Internet un alisador de cabellos fue procesada por cometer "delitos contra la salud pública", una figura que contempla penas de entre tres y diez años de cárcel, ya que utilizaba productos tóxicos prohibidos por la ANMAT.

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La Sala Séptima de la Cámara del Crimen confirmó el procesamiento contra María Eugenia Caldararo, quien "ofrecía a la venta por medio de un sitio de Internet un producto para alisar el cabello.

"Promocionaba la mercadería de la siguiente manera: 'Sin formol! No tóxico! Trabajamos con el mejor producto del mercado, el mismo que las peluquerías'", sostiene el fallo firmado por los camaristas Mauro Divito y Juan Cicciaro, quienes confirmaron un fallo de primera instancia de la magistrada Laura Bruniard.

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Pese a la promoción, "el informe del Instituto Nacional de Medicamentos determinó que las muestras secuestradas contenían formaldehído superior al 0.2% PP -límite permitido por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)- además de que no cumplen con las exigencias sobre rotulado para productos de higiene personal, cosméticos y perfumes", según surge de la causa.

Esos elementos de prueba fueron secuestrados en sendos allanamientos realizados por la Justicia en departamentos situados en la calle Gurruchaga al 500 y Tucumán al 2.100, en esta Capital, donde vivían la imputada y su ex pareja.

Según los camaristas, las pruebas colectadas en la causa permiten "presumir que la encausada conocía que los elementos no se encontraban habilitados por el organismo correspondiente y aceptó la posibilidad de que fueran nocivos, más aún cuando el frasco que comercializaba no poseía las indicaciones necesarias ni su fecha de vencimiento".

El artículo 201 del Código Penal establece penas de entre tres y diez años de cárcel y multa de diez mil a 200 mil pesos "al que vendiere, pusiere en venta, suministrare, distribuyere o almacenare con fines de comercialización aguas potables, sustancias alimenticias o medicinales o mercaderías peligrosas para la salud, disimulando su carácter nocivo".

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