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ACTUALIDAD | 17-01-2017 09:43

Tener un hijo mediante un vientre subrogado, ¿posible en Argentina?

A diferencia de lo que se piensa, sí es posible ser padre mediante este tratamiento.

Dr. Fernando Neuspiller*

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Cada vez es más común leer sobre parejas o solteros que logran ser padres mediante el tratamiento de Gestación por Sustitución, también conocido como Vientre Subrogado. Lamentablemente muchos acceden a este tratamiento viajando a otros países donde existe una reglamentación clara, como es el caso de Flavio Mendoza, quien dio a conocer su historia en los últimos días. En Argentina, ni la ley de acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida N° 26.862 ni el nuevo Código Civil y Comercial mencionan la Gestación por Sustitución como un tratamiento de reproducción humana asistida.

A diferencia de lo que se piensa, sí es posible ser padre mediante este tratamiento en Argentina, ya que el hecho de que no esté regulado no quiere decir que sea ilegal. Lo cierto es que desde 2013 se han llevado a la justicia 14 casos de gestación por sustitución para poder realizar la filiación de los bebés nacidos bajo esta técnica. Debido a la creciente demanda, en agosto de 2016 se presentó un proyecto de ley cuyo objetivo es regular el alcance, los derechos y las relaciones jurídicas de la gestación por sustitución y su proceso judicial.

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La mayoría de los casos presentados se judicializaron luego del nacimiento del niño o durante el embarazo, momento en que surge el principal inconveniente, ya que según el Código Civil y Comercial madre es quien da a luz. Los pasos siguientes son los que dan inicio a un proceso judicial extenso y complejo en donde se debe demostrar que la mujer que gestó al bebé no es la madre. Sin embargo, existe otra forma de llevar a cabo la Gestación por Sustitución sin padecer la espera a la autorización judicial para poder ser padres legalmente.

Para evitar llegar a esa instancia, recomendamos que todas las acciones legales se realicen previamente a iniciar el tratamiento, presentando ante un juez los consentimientos previos, informados y libres firmados por las 3 partes en cuestión, donde se establezca que la mujer que gestará al bebé solo está prestando su vientre y que los padres son los que tienen la voluntad procreacional. En el caso de una pareja de varones también necesitarán de una donante de óvulos que no podrá ser la gestante del bebé. La finalidad de presentar toda la documentación antes de iniciar el tratamiento es asegurarse que al momento del nacimiento quede claro quiénes son los padres legales.

La elección de la mujer que gestará al bebé durante todo el embarazo no es un tema menor. Con el fin de evitar una posible comercialización, creo que la gestante debe ser una mujer con la que se compartan lazos afectivos.

Cómo médico especialista en reproducción asistida, considero que la gestación por sustitución les da una posibilidad a aquellas personas que no han logrado ser padres mediante otros tratamientos. Estoy a favor de su realización siempre y cuando solo se proceda por indicación médica. Es importante que los pacientes sepan que pueden optar por este tratamiento en Argentina y acompañar a la gestante durante todo el embarazo en lugar de seguirlo a la distancia.

(*) Médico especialista en reproducción asistida y director IVI Buenos Aires.

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